Los Reglamentos REACH y CLP se aplican a todos los Estados Miembros de la Unión Europea (UE). También aplica a los Estados Miembros del Espacio Económico Europeo (EEE) que no pertenecen a la UE (Islandia, Liechtenstein y Noruega).
La ECHA es la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos encargada de gestionar y, en algunos casos, ejecutar los aspectos técnicos, científicos y administrativos del Reglamento REACH y de garantizar la coherencia a nivel comunitario en lo relativo a estos aspectos.
El Reglamento (CE) nº 1907/2006 relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos entró en vigor en junio de 2007 con el fin de proteger a las personas y el medio ambiente frente a los posible riesgos que presenten las sustancias y mezclas químicas.
Toda sustancia química es susceptible de seguir el REACH, desde un uso industrial hasta doméstico.
El Reglamento (CE) nº 1272/2008 sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas entró en vigor en enero de 2009 basándose en el SGA para proteger la salud y el medio ambiente y permitir la libre circulación de sustancias, mezclas y artículos químicos.
El Reglamento CLP también ofrece:
Lo primero es conocer si una sustancia o mezcla química se debe clasificar como peligrosa y, a partir de ahí, se deberán comunicar los peligros mediante el etiquetado y seguir unas normas de envasado.