Anexo VIII del Reglamento CLP: PCN y UFI


Desde ya el Anexo VIII que modifica el Artículo 45 del CLP se aplica al uso privado.

Para ayudarle a cumplir con esta importante actualización regulatoria, nosotros, en Lisam, le ofrecemos una solución global que gestione los requisitos del Anexo VIII de la mejor manera posible.



Contexto regulatorio

Qué se espera de los importadores y usuarios intermedios que operan en la UE

Creación de un Identificador único de la fórmula (UFI) que se colocará en la etiqueta de mezclas peligrosas y/o se imprimirá en la FDS.

 Las presentaciones de expedientes de mezclas peligrosas en formato de PCN (notificación a los centros de información toxicológica) del organismo designado por cada estado miembro.

Cuándo estaré obligado al cumplimiento

2025
Fin del período de transición
22 de marzo
Adopción del Reglamento 2017/542
1 de enero
Presentación para uso privado
1 de enero
Presentación para uso profesional
1 de enero
Presentación para uso industrial

¡ Le ayudamos en la presentación de sus expedientes en formato PCN!

Nuestro módulo PCN:

Nuestro módulo PCN le ayuda a cumplir con el anexo VIII del CLP mediante una serie de herramientas desarrolladas para facilitar la preparación y envío de sus expedientes PCN.

Nuestro equipo sigue de cerca las actualizaciones regulatorias del anexo VIII del CLP para adaptar nuestra solución y garantizar el continuo cumplimiento.

Módulo PCN de Lisam


Creación de expedientes con nuestro asistente PCN:

ExESS® le permite rellenar fácilmente la información necesaria y generar un informe conforme y completo.

Envió de expedientes:

Gracias a nuestra interfaz entre ExESS y PubliChem, los expedientes generados en ExESS pueden ser importados en lote en PubliChem.
Una vez listo para su envío, puede enviar su dosier al portal de la ECHA de manera manual o automática a través de la función de transferencia system-to-system (S2S) de PubliChem.